Juicio de desconocimiento e impugnación de paternidad
La impugnación de la paternidad es un proceso originado cuando se duda respecto de la veracidad de la paternidad de una persona, cuando un niño nace estando en unión libre o concubinato, bajo el matrimonio de los padres, sin embargo, es necesario exista prueba de lo contrario.
¿Cómo se realiza la impugnación de la paternidad?
Se realiza por medio de una demanda formal ante un juez en materia familiar, si no es así cualquier desconocimiento será nulo y no tendrá efectos jurídicos. Dentro del juicio, el Juez de lo Familiar escuchará al padre, la madre y al hijo.
- ¿En qué casos se puede impugnar la paternidad?
Cuando se demuestre la imposibilidad física del padre de tener intimidad con su cónyuge durante los primeros 120 días a los 300 que precedieron al nacimiento.
En caso de hijos nacidos después de los 300 días de la disolución del matrimonio, podrá promoverse la impugnación en cualquier tiempo por la persona a quien perjudique la filiación.
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